RESUMEN REAL DECRETO PARA LA APLICACIÓN DE LA PAC EN EL SECTOR VITIVINÍCOLA.
El presupuesto total atribuido al programa es de 202,1 M € anuales entre 2024 y 2027 (reducción de 8 M € aplicable principalmente a la sección 1 de reestructuración y reconversión del viñedo).
El objetivo de esta intervención sectorial es mejorar la competitividad del sector del vino en España y alinearlo con las metas mundiales de lucha contra el cambio climático y medio ambiente, dividiéndolo en las siguientes secciones:
- Reestructuración y reconversión de viñedos.
- Inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
- Cosecha en verde.
- Destilación de subproductos de la vinificación
- Actividades de promoción y comunicación en terceros países.
Las ayudas serán gestionadas por cada Comunidad Autónoma, que publicarán en su boletín oficial correspondiente la normativa de aplicación y las convocatorias para cada ejercicio, pudiendo dictaminar regulaciones más estrictas que las del Real Decreto 905/2022.
Puntos destacables.
A continuación se resaltan una serie de puntos de la “Sección 2.ª Inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización” que consideramos de utilidad:
PLAZO 2023: 31 de marzo de 2023 (plazo de las CCAA puede ser más restrictivo)
INTENSIDAD: 30-40% (15-25% para Gran Empresa) (en regiones menos desarrolladas se puede llegar al 50-40%)
CANTIDAD MÍNIMA de inversión: solo serán elegibles las operaciones con un presupuesto de inversión solicitada igual o superior a 100.000 euros.
% DE EJECUCIÓN MÍNIMO: Se elimina el mínimo de 60% del total inversiones ejecutadas, sino que tiene que ser el 100% del presupuesto inicialmente aprobado o modificado el que se tiene que presentar.
CRITERIOS DE PRIORIDAD:
- PYMES: Escalado de puntuación de pymes (diferenciación micro, pequeña, mediana empresa)
- Información AICA: empresas no sancionadas en base a las medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria en los dos años anteriores.
- Normas de vendimia: se estipula que tienen que ser más restrictivas que las de las DO
- Contratos plurianuales: solicitantes cuyas instalaciones utilicen contratos plurianuales de uva y vino
- Ayudas anteriores: se dan puntos si no se ha recibido ayuda en la convocatoria anterior (incluida PASVE) y se otorgan más puntos si ayuda menor de 250.000€
- Puntuación máxima atribuida a eficiencia energética, renovables, y tratamiento y valorización de residuos
RATIOS máx.:
- 520 €/m2 de Obra civil
- 40 €/m2 cierres perimetrales
- 35 €/m2 urbanización
- 15% de la superficie total construida de la bodega (será subvencionada en salas de catas, exposición o venta al por menor)
- 4% Gastos Generales
UNA SOLICITUD por instalación y convocatoria.
MODIFICACIONES:
- La no realización de una actuación siempre será considerada modificación MAYOR
No más de 2 solicitudes de modificación por operación y anualidad